Dictamen: Nueva reconsideración sobre la citación a audiencias desde la Inspección del Trabajo en Negociaciones Colectivas
El 26 de mayo, la Dirección del Trabajo publicó el dictamen 275/26, que reconsidera la doctrina contenida en el Dictamen Nº450/15, del 04 de julio de 2025.
Así, se estipula que la Inspección del Trabajo citará a audiencias cuando ambas partes del proceso de negociación colectiva han deducido alegaciones, esto es, cuando la respuesta del empleador contiene impugnaciones o reclamaciones y, además, la comisión negociadora sindical ha formulado reclamaciones dentro del plazo legal, configurándose así una controversia que la audiencia tiene por objeto resolver.
El silencio de la comisión negociadora sindical frente a las impugnaciones o reclamaciones contenidas en la respuesta del empleador implica su allanamiento o conformidad, no haciendo procedente la citación a audiencia.
Esta reconsideración opera desde el 26 de mayo de 2026.


