Sentencia en materia laboral

13 octubre 2025

Hoy queremos compartir con ustedes una importante sentencia que obtuvo nuestro equipo laboral, frente a una denuncia y demanda que interpuso un trabajador en contra de un cliente. Si bien la sentencia es de noviembre de 2023, quedó firme y ejecutoriada durante 2025, ya que el demandante interpuso recurso de nulidad que fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Valparaíso y, posteriormente, interpuso recurso de unificación de jurisprudencia que fue rechazado por la Corte Suprema.

Asumió la defensa de la empresa el abogado Cristóbal Rivas.

El conflicto se originó cuando el trabajador, con más de 16 años de servicio, decidió interponer una acción principal de denuncia por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, solicitando además el cobro de prestaciones laborales e indemnización por concepto de daño moral. Además interpuso una demanda subsidiaria por despido injustificado, indebido y/o improcedente.

La empresa utilizó la causal del artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo para el despido, citando el incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, ya que tras una investigación interna el demandante había ingresado a las dependencias de la empresa portando un arma, constituyéndose este hecho como un incumplimiento grave del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad y del Código de Conducta.

Si bien el trabajador reconoció haber llevado una réplica de airsoft (herramienta que dispara balines de plástico), reclamó que la llevó solo una vez, totalmente descargada, para devolverla, lo cual derivó en el conflicto y en una demanda por:

La exigencia de un pago de un total de más de $180.000.000 millones de pesos por tutela laboral, indemnizaciones por término de contrato; indemnización adicional por tutela; horas extras y daño moral.

El Juzgado de Letras del Trabajo de Quintero rechazó la denuncia y la demanda del trabajador en todas sus partes, acogiendo las excepciones de la empresa.

Nos parece relevante este fallo porque se acoge la excepción de renuncia de la acción de despido injustificado por comprender el Tribunal que dicha acción fue interpuesta en forma conjunta con la acción de tutela de derechos fundamentales. Esto no es algo común en la jurisprudencia chilena, por tanto, llama bastante la atención.

Otro punto de relevancia jurídica, dice relación con el fundamento normativo incumplido propuesto en la carta de despido. Si bien, el despido es por incumplimiento grave del contrato de trabajo, la carta de despido hace referencia a documentos normativos internos de la empresa. Así, la obligación de no llevar armas de ningún tipo a la Empresa no está contenida en el contrato de trabajo, sino que en documentos como el Reglamento Interno o el Código de Conducta.

Lo anterior, es relevante ya que hay una discusión jurisprudencial referente a si es posible o no despedir a un trabajador por incumplimiento grave del contrato de trabajo basándose en normativas internas de la empresa distintas del contrato de trabajo, sosteniendo la empresa en este caso que dicha normativa forma parte integrante del contrato de trabajo.

Para más información los invitamos a revisar la página del Poder Judicial: RIT: T-11-2023