Implementación de línea de activación laboral

8 septiembre 2026

Diario Oficial publicó la Resolución Exenta Núm. 1.217, que califica situación de alto nivel de desempleo en todas las regiones del país y determina implementación de línea de activación laboral, un nuevo beneficio de bonificación por contratación tramitado a través de SENCE.

Esta dispone, para todas las empresas del país, un nuevo beneficio del Ejecutivo consistente en una bonificación por nueva contratación, tramitada en un 100% a través de SENCE (www.subsidioalempleo.cl), vigente en todas las regiones hasta el 31 de diciembre de 2026.

El objetivo central de esta medida es incentivar la contratación formal de nuevas personas por parte de hashtag#empresas mediante una bonificación económica, considerando que distintas regiones presentaron tasas de desocupación general superiores al 8% o tasas de desempleo joven iguales o mayores al 10% en el último trimestre evaluado.

Monto y requisitos: La bonificación equivale al 50% de un ingreso mínimo por cada trabajador nuevo contratado, y al 60% por cada trabajadora, por un máximo de 4 meses. El trabajador debe ser mayor de 18 años, no haber estado en la dotación de la empresa en los últimos 3 meses, ganar como máximo 3 ingresos mínimos, y no tener vínculo societario ni familiar con los dueños de la empresa.

La postulación debe presentarse entre el mes de inicio del contrato y el mes siguiente (plazo general: 15 de julio al 15 de octubre de 2026), y la mantención del beneficio exige verificar mensualmente que el contrato siga vigente.

Cupos. Se contempla un máximo de 200 cupos por empresa y 25.000 a nivel nacional, distribuidos por región. Las principales asignaciones son: Región Metropolitana, 9.554; Valparaíso, 2.566; Biobío, 1.876; Maule, 1.538; O’Higgins, 1.331; La Araucanía, 1.130; y Coquimbo, 1.117.

En caso que en alguna región no se utilice el número de bonificaciones disponibles, estas últimas podrán redistribuirse en otra(s) región(es) en que existan más postulaciones susceptibles de recibir el beneficio que cupos, de manera proporcional al número de dichas postulaciones, mediante resolución fundada del Director Nacional del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo.